El Consejo Federal Pesquero (CFP) aprobó una modificación transitoria de las medidas de manejo que regulan la operatoria de la flota fresquera dedicada a la captura de langostino, al considerar que los actuales sistemas de monitoreo y control permiten prescindir de algunas restricciones operativas establecidas hace más de siete años.
La decisión quedó plasmada en la Resolución CFP N° 5/2026, aprobada durante la reunión del organismo colegiado, y suspende por toda la temporada 2026 tres disposiciones contempladas en la Resolución CFP N° 7/2018.
Concretamente, se dejarán sin efecto el límite máximo de una hora por lance, la velocidad máxima de arrastre de 3,5 nudos y el tope de 72 horas de operación por marea para la flota fresquera.
La propuesta fue impulsada por la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera (DNCyFP), que argumentó que dichas restricciones fueron diseñadas en un contexto de fiscalización analógica y que hoy han sido superadas por las herramientas tecnológicas disponibles para el seguimiento de la actividad.
Entre los sistemas de control actualmente vigentes se destacan el monitoreo satelital de buques (VMS) con reportes cada 15 minutos, el parte de pesca electrónico y la presencia de inspectores a bordo, mecanismos que, según la autoridad pesquera, permiten una supervisión más precisa y eficiente de la operatoria de la flota.
Desde la DNCyFP sostuvieron que los parámetros rígidos establecidos en 2018 funcionaban como herramientas de control indirecto y que, en el escenario actual, podrían generar distorsiones sin aportar beneficios adicionales al sistema de fiscalización.
La resolución incorpora una cláusula transitoria que obliga a la Autoridad de Aplicación a elaborar, al finalizar la temporada, un informe técnico sobre los resultados de esta flexibilización operativa. Ese documento será analizado posteriormente por el CFP para determinar si las modificaciones pueden mantenerse en el tiempo o si corresponde volver al esquema anterior.
La iniciativa fue aprobada por mayoría, aunque contó con la abstención del representante de la provincia de Chubut. Según consta en el Acta CFP N° 14/2026, el funcionario aclaró que su objeción estuvo vinculada exclusivamente a la eliminación del límite de duración de las mareas y no a los restantes cambios operativos.