viernes 06 de diciembre de 2024 - Edición Nº4685

Noticias | 20 nov 2024

Multa millonaria al Sindicato de Estibadores por incumplir la conciliación obligatoria

La multa se dio a conocer ayer, y según indicaron fuentes provinciales, se impuso por obstaculizar las operaciones del portacontenedor Varamo que se fue de la localidad sin poder descargar el cianuro para las mineras y dejando un centenar de contenedores consolidados con productos pesqueros listos para exportación 


-El Sindicato Unido de Estibadores Portuarios Patagónicos (S.U.E.P.P) deberá abonar una millonaria multa tras no acatar la conciliación obligatoria dictada por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Santa Cruz. La sanción se impone debido a las medidas de fuerza adoptadas por el sindicato, que interrumpieron las operaciones del buque mercante Varamo en el Puerto de Puerto Deseado, desafiando las resoluciones establecidas por la autoridad laboral.

En el marco del expediente N° 528.935/2024, el Ministerio de Trabajo había dictado la conciliación obligatoria entre el sindicato y las empresas Estibajes Murchison S.A. y Pesquera Santa Cruz (Sección Estibajes) con el objetivo de resolver el conflicto laboral. Sin embargo, a pesar de la notificación oficial y el apercibimiento realizado, el S.U.E.P.P continuó con las medidas de fuerza, lo que motivó una serie de sanciones.

La multa, que asciende a la cifra total de 160.956.816 pesos (equivalente a 654.296 pesos por cada trabajador que no acató la conciliación), responde a la obstrucción de la autoridad laboral y la violación de la legislación vigente, en particular de la Ley N° 2.450 de Procedimiento Administrativo Laboral de la Provincia de Santa Cruz. Según lo establecido en esta ley, las partes involucradas en un conflicto laboral deben cumplir con las resoluciones de conciliación obligatoria y abstenerse de realizar medidas de fuerza durante el proceso.

El monto de la multa deberá ser depositado en un plazo de tres días hábiles a partir de la notificación, en una cuenta del Banco Santa Cruz. La falta de cumplimiento con el pago será considerada impaga y se procederá al cobro judicial correspondiente.

La resolución resalta la postura obstaculizadora del sindicato, que, a pesar de los esfuerzos de mediación y la normativa vigente, no cumplió con los términos establecidos por la autoridad laboral, afectando así la paz social y el normal funcionamiento de las actividades portuarias.

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