

La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, dependiente del Ministerio de Trabajo, dictó la conciliación obligatoria en el conflicto que enfrenta al Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) con diversas cámaras empresarias del sector pesquero.
La medida fue dispuesta a partir de las 15:00 del pasado 9 de mayo, en el marco de lo establecido por la Ley N° 14.786. El conflicto involucra a las empresas asociadas al Consejo de Empresas Pesqueras Argentinas (CEPA), la Cámara de Armadores de Poteros Argentinos (CAPA), la Cámara Argentina Patagónica de Industrias Pesqueras (CAPIP) y la Cámara de Armadores de Pesqueros y Congeladores de la Argentina (CAPECA).
El Ministerio estableció un período de conciliación obligatoria de quince (15) días, durante el cual se deberán retrotraer todas las situaciones al estado previo al inicio del conflicto. Asimismo, se intimó al sindicato a cesar toda medida de fuerza vigente o planificada, y a garantizar la prestación de servicios de manera normal y habitual.
En paralelo, también se intimó a las empresas a no tomar represalias contra el personal representado por el sindicato y a asegurar la asignación de tareas en forma regular durante la vigencia de la conciliación.
La resolución establece, además, que tanto el sindicato como las empresas serán pasibles de sanciones en caso de incumplimiento, de acuerdo con lo previsto en el Anexo II de la Ley 25.212, y deja abierta la posibilidad de iniciar procedimientos legales según el artículo 56 de la Ley 23.551.
Finalmente, la autoridad laboral exhortó a ambas partes a mantener una actitud dialoguista y constructiva, con el fin de resolver sus diferencias y contribuir a preservar la paz social en el ámbito laboral del sector pesquero.