

En un contexto marcado por una disponibilidad atípica de langostino fuera de los límites habituales del Área de Veda Permanente de Juveniles de Merluza (AVPJM), el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) emitió una opinión técnica favorable a una solicitud de captura incidental presentada por la Cámara Argentina de Armadores de Buques Pesqueros de Altura (CAABPA) y la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera.
A través de la nota DNI N° 88/2025 (NO-2025-81857721-APN-DNI#INIDEP), con fecha 4 de agosto, el INIDEP consideró pertinente permitir, por única vez y durante el año en curso, una tolerancia de hasta el 20% de langostino como captura incidental (bycatch) en la pesquería de merluza común, para los buques fresqueros arrastreros que operen fuera del AVPJM.
El organismo justificó la medida por el inusual comportamiento migratorio del langostino en la presente temporada, sumado a la escasa actividad registrada por parte de la flota tangonera. Según el análisis, la autorización excepcional contribuirá a un mejor aprovechamiento del recurso, permitirá mayores niveles de actividad laboral y garantizará abastecimiento a plantas de procesamiento en tierra.
Sin embargo, el Instituto fue enfático al advertir que esta decisión no debe sentar precedente. Señaló que repetir este tipo de autorizaciones podría alterar el perfil operativo de la flota y aumentar el esfuerzo pesquero sobre un recurso altamente sensible como el langostino. Por ello, indicó que cualquier medida futura en la misma línea deberá ser evaluada con especial precaución y en función de la evolución del recurso y la dinámica pesquera.
El Consejo Federal Pesquero, en consonancia con la recomendación técnica, resolvió por unanimidad instruir a la Autoridad de Aplicación a contemplar la mencionada tolerancia de captura incidental del 20%, a contabilizarse sobre el total de capturas por marea de cada buque.
Asimismo, se reiteraron los requisitos sobre el adecuado tratamiento del langostino capturado como bycatch, a fin de garantizar su calidad y frescura, estableciendo un límite de hasta 17 kilogramos por cajón.
Finalmente, se dispuso reforzar la presencia de observadores a bordo (AIPs) en los buques que operen en las zonas autorizadas, con el fin de realizar un monitoreo continuo de la actividad.